El Vocal de la Sala II de la Excma Camara del Trabajo de la ciuad de Cordoba dijo que "... la registración de Castillo como dependiente de Solvens Promociones & Marketing SRL, resultó fraudulenta ya que encubre al verdadero empleador, Masterfoods Argentina Ltd., lo que subsume a la situación en lo dispuesto por la primera parte del Art. 29 LCT". Recordemos que el art 29 LCT dispone que "Los trabajadores que habiendo sido contratados por terceros con vista a proporcionarlos a las empresas, serán considerados empleados directos de quien utilice su prestación". La Srta. Castillo había reclamado de la empresa Masterfoods Argentina LTD, la registracion como empleada directa, eliminando a la agencia intermediaria de la relación. La empresa multinacional rechazó su reclamo y como consecuencia, la trabajadora se considero despedida. Con el patrocinio de nuestro estudio, finalmente la trabajadora logró obtener sentencia la cual una vez firme obliga a la empresa usuaria y a la agencia -solidariamente responsables- a abonarle una importante indemnización leudada por los intereses devengados durante mas de tres años que se extendió el conflicto.
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