"Me accidenté en el trabajo, que debo hacer?..."


Lo primero que debe hacer en caso de accidente en el trabajo o en el viaje de ida o al regreso del mismo, (esto es lo que llamamosACCIDENTE IN ITINERE), es notificarselo al empleador. El empleador tiene la obligación legal de comunicar el accidente a la ART (ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO), esto que es lo que indica la ley, no siempre se cumple.

Si eso se cumple de inmediato le asignarán un centro de atencion medica (Sanatorio) para que lo asistan.

Si el empleador no hace la denuncia, o no puede comunicarse con el mismo, Ud. puede hacerlo por su propia cuenta. Debera llenar un formulario. Si tiene el numero de su ART llame Ud. mismo y siga las instrucciones.

Si aun tiene dudas, o no puede concretar la denuncia, no dude en comunicarse con nuestro estudio (en caso de residentes de la provincia de Córdoba) a nuestros telefonos (0351-4255223 y en caso de emergencia al 3515052441) y lo ayudaremos de inmediato.

Si la situacion lo amerita y si fuese posible, procure conservar las pruebas, tomar fotografias (personas, elementos, lugares, etc.). Tambien de los datos de los testigos presentes, etc.

Recuerde que a menudo los empleadores y las ART, frente al reclamo, niegan todo lo sucedido.

Sepa que la ART tiene la obligacion de otorgarle la cobertura completa de su tratamiento y al darle de alta, debe inmdemnizar el grado de incapacidad remanente (por imperceptible que sea, recuerde que una cicatriz ya implica algun grado de incapacidad).

Si no obtuviera una respuesta satisfactoria, podrá recurrir a la Comisión Médica de la ciudad de Córdoba.

Sepa que si está siendo atendido por su Obra Social y rechaza la atención que le ofrece la ART, podría perder los beneficios y prestaciones. 


"La ART rechazó mi reclamo, que debo hacer?..."
 

Si Ud. o su empleador han recibido alguna notificación de la ART rechazando el accidente de trabajo o la denuncia de enfermedad profesional, podrá presentarse ante la Comisión Médica para iniciar un Trámite por Rechazo de Siniestro.

En caso que recibiera el dictamen de la Comision Medica y no esté de acuerdo con el mismo, pueden recurrir a la Comisión Médica Central o reclamar via judicial. 


Si Ud. no esta de acuerdo con el porcentaje de incapacidad otorgado por la ART, puede iniciar un Trámite en la Comisión Médica, para que sea ésta quien determine la incapacidad.


Si le dieron el Alta y aún no le han fijado el porcentaje de incapacidad, puede recurrir ante la Comisión Médica o consultenos sin cargo.


¿Cómo calculo mi indemnización? 

Su indemnización se calcula teniendo en cuenta el porcentaje de incapacidad que le hayan fijado en conjugacion con el sueldo que Ud percibe y su edad. Llamenos sin cargo y le calcularemos gratuitamente el monto que deberá percbir.

A los 15 días hábiles luego de que la ART reciba la conclusión de la Oficina de Homologación y Visado o el dictamen de la Comisión Médica, debe estar percibiendo su indemnización.

CONSULTA INSTANTANEA
(solo residentes de la ciudad de Cordoba, Villa Carlos Paz y alrededores)