BAJA LA EDAD JUBILATORIA PARA OBREROS DE LA CONSTRUCCION

En el día de ayer, 22 de abril de 2009, conmemorando el Día del Trabajador de la Construcción, el Gobierno Nacional decidió promulgar la ley que adelanta la edad jubilatoria de los obreros pertenecientes a dicho sector, permitiendo que aquellos que cumplan con los 25 años de aportes, puedan jubilarse a la edad de 55 años.

La ley que no había tenido demasiada trascendencia pública luego de haber sido aprobada por el Congreso en Marzo por temores a posibles presiones de grupos empresarios para que fuese vetada, constituye una excepción al actual régimen previsional, donde los trabajadores varones se pueden jubilar a la edad de 65 años debiendo acreditar 30 años de servicios con aportes.

Entre los fundamentos expuestos por los legisladores al aprobar la normativa, destacan las características riesgosas de la actividad, así como el envejecimiento prematuro que la misma produce sobre los trabajadores.

Desde el sector empresarial manifestaron su disconformidad con la medida, esgrimiendo que produce un incremento en los costos laborales, a la vez que  desalienta la creación de empleos.

Por otro lado, desde la UOCRA, sindicato que agrupa a los trabajadores de la construcción liderado por Gerardo Martínez, aseguraron que la nueva ley ayuda a resolver la situación en la que se encuentran muchos obreros que con el correr de los años como consecuencia del envejecimiento prematuro no poseen posibilidades de conseguir un nuevo empleo.

Los obreros de la construcción que quieran jubilarse deberán acreditar al llegar a la edad de 55 años, que cumplieron con los 25 años de aportes, debiendo haber desempeñado en la construcción 12 de los últimos 15 años de trabajo.

Dicho beneficio se cumplirá de manera gradual, jubilándose este año 2009 aquellos que alcancen la edad de 60 años. En el 2010 se podrán jubilar con 57 años, en el 2011 con 56, llegando recién a cumplirse la normativa en el 2012 donde se podrán jubilar con 55 años.

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