La Resolución reglamenta el contrato de trabajo a tiempo parcial establecido por el art. 92 ter de la Ley de Contrato de Trabajo N.° 20.744 (LCT), luego de la reforma establecida por la Ley N.° 26.474. Asimismo reglamenta al contrato de trabajo por jornada reducida establecido en el artículo 182 de la LCT.

Principalmente, la nueva resolución establece que:

a) En aquellas actividades en que se utilizan, conjunta o alternadamente, modalidades contractuales a tiempo parcial y modalidades contractuales con jornada reducida, las partes convencionales determinarán las formas y alcances de su aplicación a través de la negociación colectiva. Esta negociación incluye el porcentaje máximo de trabajadores a tiempo parcial que se desempeñarán en cada establecimiento y las posiciones laborales que, por las características particulares de la prestación, quedarán encuadradas en la tipología de jornada reducida.

b) En los casos de jornadas reducidas, las partes convencionales deberán practicar un relevamiento de las posiciones laborales con el objeto de determinar la naturaleza y demás elementos constitutivos de la prestación.

c) A los fines del cálculo de los porcentajes o las vacantes establecidas en el punto 5 del artículo 92 ter de la LCT, se deberá tener en cuenta la totalidad de los trabajadores o vacantes -a tiempo completo y permanentes- que se determinen en la empresa.

Por último, la Resolución establece su entrada en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, el día 13 de mayo de 2009

Consultas:

MENSAJE INSTANTANEO
(solo residentes de Cordoba, Villa Carlos Paz y alrededores)

Córdoba: Ayacucho 449 2do "C" - Turnos al TE: 425-5223
Villa Carlos Paz: Av. Sabattini 33 L2 - Turnos al TE 422-052

E-mail: info@estudio-viotti.com.ar